Regulaciones para la entrada al país
Los viajes de turismo a Cuba no están todavía autorizados en la legislación actual de los EE.UU. No obstante, la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC, por sus siglas en inglés Office of Foreign Assets Control) del Departamento del Tesoro ha publicado licencias generales para 12 categorías de viaje. Los individuos que cumplan con las condiciones de la licencia general bajo la cual piensan realizar su viaje no necesitan solicitar una licencia adicional de la OFAC para viajar a Cuba. Estas 12 categorías para viajes autorizados a Cuba incluyen: visitas familiares; trabajo oficial para el gobierno de los EE.UU., gobiernos extranjeros y algunas organizaciones no gubernamentales; actividad periodística; investigación y reuniones profesionales; actividades religiosas; actuaciones públicas, clínicas, realización de talleres, participación en eventos deportivos u otro tipo de competencias o exhibiciones; apoyo al pueblo cubano; proyectos humanitarios; actividades de fundaciones privadas, de investigación o instituciones educacionales; exportaciones, importaciones o transmisión de información o materiales de información; y algunas transacciones para exportaciones autorizadas.
Para detalles de las normas sobre sanciones a Cuba, incluyendo hojas informativas sobre cambios recientes e información sobre cómo solicitar una licencia de la OFAC, por favor visite esta página web del Departamento del Tesoro sobre sanciones a Cuba. El Departamento de Estado también proporciona información sobre sanciones a Cuba y restricciones de viaje en su sitio web sobre sanciones a Cuba.
De conformidad con el Memorando Presidencial de Seguridad Nacional del Presidente Trump sobre el Fortalecimiento de la Política de los Estados Unidos hacia Cuba de junio de 2017, el Departamento de Estado también publicó una lista de entidades y subentidades que están bajo el control, o que actúan en representación de las fuerzas militares, los servicios de inteligencia o de seguridad cubanos o sus funcionarios, y que en caso de mantenerse transacciones financieras directas con estas se beneficiaría de manera desproporcionada a las fuerzas militares, los servicios de inteligencia o de seguridad cubanos o sus funcionarios, a costa del pueblo cubano o de las empresas privadas en Cuba: la Lista de Entidades y Subentidades con Restricciones Asociadas con Cuba (“Lista de Entidades Cubanas Restringidas”). Las personas sujetas a la jurisdicción de los Estados Unidos tendrán prohibido a partir de ahora participar en ciertas transacciones financieras directas con entidades y subentidades identificadas por el Departamento de Estado en la Lista de Entidades Cubanas Restringidas. Algunas transacciones quedarán excluidas de esta prohibición, conforme a las excepciones que se estipulan en el NSPM.
Visas
Por favor tenga en cuenta que ni la Embajada de los EE.UU. en La Habana ni el Departamento del Estado en Washington DC tramitan las aplicaciones de visas para visitar Cuba. Para solicitar un visado cubano o para otras preguntas sobre servicios consulares cubanos, contacte a la Embajada de Cuba en Washington DC:
Embajada de la República de Cuba
2630 16th street NW
Washington, DC 20009
Sitio web: http://misiones.minrex.gob.cu/es/eeuu
Teléfono: 202 797 8518 – Ext. 600
Doble ciudadanía
Todos las personas con doble ciudadanía cubana-estadounidense deben tener en cuenta que el gobierno de Cuba trata a los ciudadanos estadounidenses nacidos en Cuba como cubanos y por tanto estos pueden estar sujetos a una serie de limitaciones y obligaciones. El gobierno cubano requiere que los ciudadanos con doble ciudadanía cubana-estadounidense que partieron de Cuba el 1 de enero de 1971 o después, deben entrar y salir de Cuba con un pasaporte cubano. El utilizar un pasaporte cubano para este propósito no pone en peligro la ciudadanía estadounidense; sin embargo, estas personas deben utilizar sus pasaportes estadounidenses para entrar y salir de los Estados Unidos. Aquellos ciudadanos cubano-estadounidenses, que salieron de Cuba antes del 1 de enero de 1971 pueden viajar a Cuba con su pasaporte de Estados Unidos pero deben solicitar una visa HE-11 en la Embajada de Cuba. Las autoridades cubanas no siempre notifican a la Embajada de los Estados Unidos de la detención de ciudadanos con doble nacionalidad y pueden negarles su acceso a funcionarios consulares de Estados Unidos.