El Gobierno de Cuba no cumple plenamente las normas mínimas para la eliminación de la trata de personas; sin embargo, ha realizado una notable labor con ese fin. Llevó a cabo importantes labores durante el periodo del informe al procesar y condenar a los autores de la trata con fines de explotación sexual (trata sexual); brindar atención a las víctimas de la trata sexual; publicar un informe sobre sus labores en la lucha contra la trata de personas; y coordinar las labores de lucha contra la trata a través de los diferentes ministerios gubernamentales. Además, el gobierno investigó los indicadores de trata que los intermediarios extranjeros de contratación laboral exponían cuando reclutaban a trabajadores cubanos. No obstante, el gobierno no demostró un aumento en sus labores en comparación con el periodo del informe previo. El Código Penal no penaliza todas las formas de trata de personas. El gobierno no prohibió el trabajo forzoso ni informó sobre iniciativas para evitar el trabajo forzoso a nivel nacional como tampoco reconoció el trabajo forzoso como una cuestión que puede afectar a los nacionales cubanos en misiones médicas en el exterior. Ya que el gobierno dedicó suficientes recursos para redactar un plan que, de ser implementado, representaría un importante esfuerzo para cumplir con las normas mínimas, Cuba recibió una exención conforme a la Ley de Protección de Víctimas de la Trata; de lo contrario, Cuba habría descendido obligatoriamente al Nivel 3. Por lo tanto, Cuba queda en la Lista de vigilancia del Nivel 2 por tercer año consecutivo. (Más información)
