Proclamación presidencial 10014

El presidente Trump ha emitido la Proclamación Presidencial 10014, que suspende la entrada a los Estados Unidos de ciertos inmigrantes y no inmigrantes que presentan un riesgo para el mercado laboral estadounidense tras el brote de coronavirus.  La proclamación expirará el 31 de diciembre de 2020, a menos que sea renovada posteriormente por el presidente.

Los ciudadanos de los Estados Unidos, los residentes legales permanentes, y aquellos que tengan visas de inmigrantes válidas en la fecha de vigencia de la Proclamación original (23 de abril de 2020) no están sujetos a la proclamación.  La proclamación no es retroactiva.  Ninguna visa válida será revocada bajo esta proclamación.  La proclamación establece excepciones a sus restricciones para ciertas categorías de inmigrantes, incluyendo: ciertos profesionales de la salud, extranjeros que buscan entrar a los Estados Unidos de acuerdo con una visa de inversionista EB-5, y cónyuges e hijos de ciudadanos estadounidenses (categorías IR1, IR2, CR1, CR2, IR3, IH3, IR4, IH4).  Además, los casos en que el solicitante sea un menor que pueda” sobrepasar la edad” pueden considerarse para una excepción por interés nacional.  Consulte la proclamación para obtener una lista completa de las excepciones.

Si está solicitando una visa de inmigrante en cualquier categoría que no sea IR1, IR2, CR1, CR2, IR3, IH3, IR4 o IH4, su caso queda suspendido y no podemos completar su solicitud de visa en este momento.  No es necesario que se ponga en contacto con nosotros para consultar el estado de su caso; su caso permanecerá suspendido hasta el vencimiento de la proclamación el 31 de diciembre de 2020, a menos que esta sea prorrogada posteriormente por el presidente.  La Embajada puede contactar a los solicitantes en algunas circunstancias limitadas para completar un archivo del caso o por otra parte revisar un caso en una de estas categorías de visas suspendidas; sin embargo, no podemos completar su solicitud de visa hasta que la proclamación haya expirado.

Los servicios rutinarios de visas han sido suspendidos en los Consulados de los Estados Unidos en todo el mundo, pero a medida que los medios lo permitan, las embajadas y los consulados continuarán proporcionando servicios de visas de emergencia y prioritarios para los solicitantes que no estén sujetos a la proclamación.