Departamento de Estado de los Estados Unidos
Oficina de la Portavoz
Para su divulgación inmediata
Nota para los medios
3 de abril de 2019
El Secretario de Estado extiende por dos semanas la suspensión del Título III con una excepción (Ley LIBERTAD)
En el día de hoy, el Secretario Pompeo anunció su decisión de continuar por dos semanas, del 18 de abril al 1 de mayo de 2019, la suspensión que rige actualmente, con una excepción, al derecho a presentar una acción conforme al Título III de la Ley de Libertad y Solidaridad Democrática en Cuba (LIBERTAD) de 1996. La suspensión actual vence el 17 de abril. El Secretario ha informado a las comisiones del Congreso correspondientes que esta decisión es necesaria para los intereses nacionales de Estados Unidos y contribuirá a agilizar la transición hacia la democracia en Cuba. La suspensión no se aplica a lo siguiente:
- El derecho a interponer una acción contra una entidad o subentidad cubana identificada por su nombre en la Lista de Entidades y Subentidades con Restricciones Asociadas con Cuba (también conocida como Lista de Entidades Cubanas Restringidas), con sus correspondientes actualizaciones.
El Departamento de Estado sigue analizando las condiciones de derechos humanos en Cuba, incluida la continuidad de la represión de los derechos del pueblo cubano a la libertad de expresión y la libertad de reunión. El Departamento de Estado también está dando seguimiento al apoyo militar, de seguridad y de inteligencia que Cuba sigue brindando a Nicolás Maduro, quien es responsable de la represión, la violencia y la crisis humanitaria provocada por la mala gestión en Venezuela.
Instamos a todas las personas que realizan actividades comerciales en Cuba a reconsiderar si están incurriendo en tráfico de bienes confiscados y apoyando a la dictadura cubana.
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Esta traducción se proporciona como una cortesía y únicamente debe considerarse fidedigna la fuente original en inglés.